G - Hoteles y apartamentos turísticos
Podrán acceder a aquellos establecimientos hoteleros y empresas de alquiler de apartamentos que así lo demanden por motivos debidamente justificados de necesidad de sus servicios, a fin de que facilite el acceso de vehículos a los exclusivos fines de carga y descarga de equipaje durante el tiempo mínimo imprescindible para realizar este tipo de operaciones.
Para solicitar este tipo de autorización, haga clic en el siguiente enlace para acceder al Sistema de Gestión de Autorizaciones de la ZBE (disponible a partir del 09/01/2026):
AUTORIZACIÓN DE ACCESO A LA ZBE
En su solicitud, seleccione el tipo de autorización "G - Hoteles y apartamentos turísticos" y adjunte la siguiente documentación obligatoria:
- Nombre, apellidos, número del NIF, NIE o pasaporte, domicilio y teléfono móvil.
- Documento justificante de la reserva realizada en el alojamiento (hotel, apartamento turístico).
- Matrícula del vehículo.
Las personas alojadas en establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos o similares, que cuenten con aparcamiento, podrán acceder y salir de los mismos. Igualmente podrán acceder y salir las personas que teniendo reservado su alojamiento precisen realizar tareas de carga y descarga de sus equipajes.
Para dar mayor agilidad al trámite de registro y tramitación de las autorizaciones y facilitar la gestión a sus clientes, los hoteles y apartamentos de alquiler podrán comunicar por sede electrónica, en formulario establecido al efecto, los datos citados anteriormente.
Las autorizaciones tendrán como máximo una vigencia desde la fecha de validación hasta el último día del año en curso de la solicitud.
Nota: La primera vez que acceda al Sistema de Gestión de Autorizaciones de la ZBE, se tendrá que registrar como usuario del sistema.